Terrorismo, ¿Limite a los derechos humanos?

Es necesario tomar en cuenta los tiempos difíciles que estamos viviendo en todo el mundo, los actos atroces que como humanidad estamos soportando, ante cuestiones tan complicadas con los gobiernos, las economías, los conflictos sociales, etc.

Entendiendo que la violencia solo refleja incertidumbre y descontento, pero al mismo tiempo nos demuestra que los afectados somos todos.

Ya que como lo sucedido en los últimos días con los atentados como los de Cataluña señalan especialistas son muy fáciles de organizar, casi imposibles de evitar y provechosos para los grupos terroristas por su relación costo-efectividad, estiman expertos. Frente a esta estrategia terrorista, que amenaza a toda Europa, hay que prepararse para una lucha larga y apostar por la resiliencia (capacidad de soportar la adversidad) de las sociedades.

Por lo que empezaremos por decir que la relación entre la lucha contra el terrorismo y los derechos humanos ha recibido considerable atención desde la creación del comité contra el terrorismo de la ONU en 2001.

Una de las resoluciones de este comité señala que es deber de los estados velar por que toda medida adoptada para combatir el terrorismo se ajuste a todas las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional y garantizar que esas medidas se adopten en consonancia con el derecho internacional, en particular las normas relativas a los derechos humanos, el derecho de refugiados y el derecho humanitario.

Con el establecimiento de la dirección ejecutiva del comité contra el terrorismo del consejo de seguridad, el comité comenzó a adoptar una política más proactiva en materia de derechos humanos. La dirección ejecutiva tenía el mandato de establecer el enlace con la oficina del alto comisionado de las naciones unidas para los derechos humanos y con otras organizaciones de derechos humanos sobre cuestiones relativas a la lucha contra el terrorismo,

En su resolución 1624 (2005), relativa a la incitación a la comisión de actos de terrorismo, el consejo de seguridad afirma que es deber de los estados velar por que toda medida adoptada para combatir el terrorismo se en virtud del derecho internacional, en particular las normas relativas a los derechos humanos, el derecho de refugiados y el derecho humanitario. En el preámbulo de dicha resolución se subraya la importancia del derecho a la libertad de expresión y el derecho de asilo en el contexto de las medidas contra la incitación a la comisión de actos de terrorismo. Asimismo, se señala que la incitación es una grave amenaza que cada vez pone más en peligro el disfrute de los derechos humanos.

Aquí les mostramos algunos de los documentos que brindan y señalan la protección de los derechos humanos ante los atentados terroristas:

  • Convenio internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas.
  • Convención Interamericana contra el terrorismo.
  • Informe contra el terrorismo por parte comisión Interamericana de derechos humanos.
  • Así como el informe del secretario general de ONU.

También les compartimos el folleto informativo no. 32 “los derechos humanos, el terrorismo y la lucha contra el terrorismo”, de la oficina del alto comisionado de las naciones unidas para los derechos humanos, que señala:

“…c. Los efectos del terrorismo sobre los derechos humanos.

El terrorismo está encaminado a la destrucción misma de los derechos humanos, la democracia y el imperio de la ley. Ataca los valores en que se basan la carta de las naciones unidas y otros instrumentos internacionales: el respeto de los derechos humanos, el imperio de la ley, las normas que rigen los conflictos armados y la protección de los civiles, la tolerancia entre pueblos y naciones, y la solución pacífica de los conflictos. El terrorismo tiene efecto directo sobre el ejercicio de algunos derechos humanos, en particular los derechos a la vida, la libertad y la integridad física…”

Es necesario que como humanidad tomemos conciencia y no permitamos que nuestra sociedad se deteriore más de lo que ya está.

Bibliografía:

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